El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) constata «lagunas críticas» en las políticas suizas contra la crisis climática, aunque desestima la denuncia de unos jóvenes portugueses contra España y otros 31 países.

Un tribunal de Estrasburgo emitió el martes un fallo histórico a favor de una de las tres demandas presentadas porque las medidas estatales eran insuficientes para frenar la crisis climática, y señaló que Suiza había violado los derechos humanos de un grupo de mujeres mayores. Con esta sentencia, es la primera vez que este Tribunal se pronuncia sobre las políticas de los Estados miembros en la lucha contra el calentamiento global.
La presidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Siofra O’Leary, confirmó que Suiza había violado los derechos de estas mujeres, unidas en la asociación Verein KlimaSeniorinnen, debido a los «graves defectos» observados en la política climática suiza.
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En concreto, los jueces europeos dijeron que Suiza había incumplido sus obligaciones respecto a los derechos de estas mujeres mayores (más de la mitad de las cuales tienen más de 75 años) para evitar que sufran los efectos de la actual pandemia y del calentamiento global.
Lo explican señalando que existen lagunas en la política suiza a la hora de cuantificar, mediante el precio del carbono o de otro modo, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Del mismo modo, Suiza no ha cumplido anteriormente sus objetivos de reducción de emisiones.
Sin embargo, los jueces desestimaron la demanda de alto perfil presentada por seis jóvenes portugueses contra España y otros 31 países europeos, a los que habían planeado condenar por políticas inadecuadas para mitigar la crisis climática.

Los jueces rechazaron sus reclamaciones sin examinar primero el fondo del caso, porque los seis demandantes violaron una norma fundamental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según la cual los recursos internos deben agotarse desde el país al que son devueltos.
Lo denunciaron antes de llevar el asunto a Estrasburgo.
Los jóvenes han argumentado que la emergencia climática los exime de esta disposición legal básica, pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no acepta este argumento.

Además, los jueces europeos también destacaron que para condenar a países distintos de Portugal y aplicar el llamado principio de privilegio extraterritorial porque sus acciones o inacción podrían tener un impacto negativo que les afecte, existen otros instrumentos legales acordes con los estándares internacionales y la El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es la autoridad competente.
Hazlo así.
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También enfatizaron que no se puede imponer a los Estados ninguna política específica sobre lo que deben hacer debido a los efectos que esto tendría en personas fuera de su territorio o fuera de su jurisdicción y control.

Pero más allá de este caso, cuyo planteamiento generó muchas dudas sobre su capacidad de éxito, el movimiento contra el cambio climático recibió esperanzas del Tribunal de Estrasburgo con su sentencia que condenó a Suiza.